Grupo CARAC colabora con el 46º Congreso de la Sociedad Española de Inmunología Clínica, Alergología y Asma Pediátrica (SEICAP) que tiene lugar en Oviedo los días 5, 6 y 7 de mayo de 2022.
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Desde pasado 25 de noviembre el Gobierno ha puesto en marcha el programa Kit Digital cuyo objetivo es ayudar a impulsar la digitalización de las PYMES y autónomos de este país. Este programa pone a disposición de pequeñas y medianas empresas un bono a fondo perdido de hasta 12.000€.
Planes de Igualdad obligatorios en las empresas de más de 50 personas trabajadoras
El plazo ya ha finalizado. Desde el 7 de marzo de 2022 todas las empresas españolas con más de 50 personas empleadas deben contar con un Plan de Igualdad negociado, aprobado y registrado.
¿Qué dice la legislación?
Esta obligación se recoge en el RD 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
A su vez, los Planes de Igualdad deben estar desarrollados conforme al RD 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y al RD 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
¿Qué es un Plan de Igualdad?
Es un conjunto de medidas evaluables dirigidas a eliminar los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad de trato y oportunidades entre todas las personas de una empresa, sin distinción de género.
¿Qué debe contener un Plan de Igualdad?
- Diagnóstico de situación (incluida la situación retributiva de la empresa; registro retributivo y auditoría salarial).
- Objetivos y medidas.
- Sistemas de seguimiento y evaluación de los objetivos y medidas fijados.
¿Quién debe tener un Plan de Igualdad?
Todas las empresas con más de 50 personas trabajadoras o aquellas cuyo convenio colectivo o la autoridad laboral competente así lo estimen.
¿Cuáles serían las sanciones en caso de incumplimiento?
El incumplimiento del deber de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad supone una infracción grave sancionable con una multa de 626 a 6.250 euros. Por otro lado, cuando la obligación de realizar el Plan de Igualdad venga por exigencia de la autoridad laboral (Inspección de Trabajo) la normativa lo considera como falta muy grave y, en este caso, la sanción puede ser de 6.251 a 187.515 euros.
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Contamos con el Distintivo de Igualdad en la Empresa desde su primera edición en 2010 y tenemos amplia experiencia tanto en formación en materia de Igualdad para empresas como en asesoramiento en la negociación y creación de Planes de Igualdad.
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Éxito en la formación inmersiva de Igualdad realizada para la Universidad Isabel I
A través de Immersive Oasis hemos apostado por innovadores conceptos de formación basados en la gamificación de los cursos.
Grupo CARAC recibe la Medalla de Oro al Mérito en el Trabajo
La Asociación Europea de Economía y Competitividad ha concedido a Grupo CARAC la Medalla de Oro al Mérito en el Trabajo, galardón que entrega cada año a diversas empresas, instituciones y profesionales en reconocimiento a su espíritu empresarial dentro del marco europeo, así como su fomento de la conciencia del emprendedor/a y del buen hacer de las empresas.